Intervención de Granada contra el Ruido ante el Pleno de 29/9/2000


Muchas gracias, Sr. Alcalde.
...

Por Granada circulan alrededor de 30.000 motocicletas y ciclomotores.

Aproximadamente un tercio de esos vehículos llevan su tubo de escape modificado voluntariamente con objeto de producir ruidos insoportables.

Otro tercio produce ruidos por encima de las limitaciones establecidas en las leyes como consecuencia de una falta de mantenimiento adecuado.

Y esta situación existe desde hace años, es conocida, está siendo tolerada y, en consecuencia empeora.

Y en esta situación se debate hoy aquí una ordenanza que regula los ruidos de las motos y a la que Granada contra el Ruido ha presentado alegaciones.

Presentamos en su día 17 enmiendas, de las que 6 han sido aceptadas... y lo agradecemos.

Intentaré resumir aquí, en cinco puntos de los que sólo glosaré los tres primeros, lo esencial de las 11 rechazadas:

  1. La cuantía de las multas es demasiado baja
  2. No se facilita la actuación de la Policía Local
  3. No se prevé de forma clara la remisión de las denuncias a otras autoridades en los casos más graves
  4. Se ha suprimido la referencia existente en la anterior ordenanza a las denuncias de los particulares
  5. Los límites de ruido establecidos para los ciclomotores son más permisivos que los que exigen las directivas europeas.

La cuantía de las multas es demasiado baja , ya que, salvo casos excepcionales, oscilan entre cinco y quince mil pesetas.

Estas sanciones nos parecen ridículas tanto si tenemos en cuenta el daño que los infractores causan, en muchos casos totalmente voluntario, como si las comparamos con el precio que esos mismos infractores pagan por un tubo de carreras o un resonador (que en ocasiones es más de 50.000 pesetas) o si la comparación la hacemos con el proyecto de ordenanza de protección del medio acústico que excluye inexplicablemente a las motos y fija multas mínimas de 100.000 pesetas para cualquier otro ruido, por pequeño que sea.

No se facilita la actuación de la Policía Local , porque se sigue exigiendo que la medición con sonómetro sea previa a la denuncia, cuando existen disposiciones legales que dicen que "Podrá formularse denuncia por los agentes de vigilancia del tráfico, sin necesidad de utilizar aparatos medidores , cuando los vehículos produzcan un nivel de ruidos que notoriamente rebase los límites máximos establecidos..."

En estas condiciones, la lucha va a ser entre David y Goliat: entre la decena escasa de agentes de la "patrulla verde" y los más de 10.000 infractores diarios...

En los casos más graves , y de acuerdo con las leyes, las conductas que nos ocupan pueden constituir un delito castigado incluso con penas de cárcel, y en otros podrían conllevar la retirada del permiso de circulación del vehículo.

Pero si el Ayuntamiento no lleva los casos al Fiscal o a la Jefatura de Tráfico, nada de esto puede suceder. Es paradójico que, simultáneamente a la queja constante por falta de recursos, se desprecie la posible colaboración de otras autoridades.

Por último, Sr. Alcalde , quiero dejar constancia de nuestra protesta formal por el hecho de que el Ayuntamiento no ha contestado a nuestras alegaciones lo que supone, a nuestro juicio, no solamente un incumplimiento de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, sino también, y puede que sea más grave, una falta de consideración hacia ciudadanos que sólo pretenden colaborar en la mejora de la calidad de vida en Granada.

Muchas gracias de nuevo, Sr. Alcalde.

Notas adicionales para la prensa


Resumen de las enmiendas rechazadas